Medidas para la facturación y atención del usuario (DU 035-2020)

Como es de público conocimiento, mediante el Decreto de Urgencia N° 035-2020, publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 3 de abril de 2020, el Gobierno ha aprobado las siguientes medidas para garantizar la prestación adecuada del servicio público de energía eléctrica:

1) Durante el Estado de Emergencia y cumpliendo con las medidas de aislamiento social obligatorio, no entregaremos físicamente los recibos de luz. No obstante, estarán a disposición de todos nuestros clientes en nuestra página web www.luzdelsur.com.pe, a través de nuestra APP Luz del Sur o llamando a Fonoluz (617-5000).

2) De la misma manera, y para garantizar la salud y seguridad de nuestros trabajadores y contratistas, durante el Estado de Emergencia no haremos lectura de medidores.

3) La facturación por los consumos de energía eléctrica durante el Periodo de Emergencia se realizará aplicando el promedio de los consumos de los últimos 6 meses (tomando en cuenta lecturas reales). Una vez levantada la medida de emergencia, se reanudará la lectura y se procederá con la liquidación correspondiente.

4) Durante la emergencia no habrá atención en nuestras sucursales. Sin embargo los seguiremos atendiendo a través de Fonoluz y nuestros canales digitales APP Luz del Sur, Chat, mail: fonoluz@luzdelsur.com.pe nuestra página web www.luzdelsur.com.pe y Fonoluz (617-5000).

En Luz del Sur seguimos trabajando para llevar más que luz.

Lima, 4 de abril de 2020

#JuntosSaldremosAdelante

Pagando tu recibo contribuyes a asegurar la continuidad del servicio eléctrico.