Centro de Ayuda

1. ¿Cuándo es el último día de pago para evitar el corte?

Se puede efectuar el pago incluso hasta el día anterior a la fecha programada de corte indicada en el segundo recibo impago.

 

2. ¿Qué tipos de corte existen y cuál es el costo de cada uno?

Los precios y modalidades de corte están disponibles en la sección Tarifas. Estas modalidades de corte y sus costos son establecidas por la Resolución N° 095-2004-OS/CD.
 

3. ¿Por qué no se avisa al cliente antes de cortar el servicio?

Luz del Sur informa en el recibo de luz, la fecha de corte correspondiente a los meses adeudados.

De acuerdo a las disposiciones vigentes (Artículo 90° de la Ley de Concesiones Eléctricas), el Concesionario podrá efectuar el corte del servicio sin aviso previo al usuario, cuando estén pendientes de pago facturaciones de dos o más meses.

El servicio también será cortado en caso de incumplirse un convenio de pago.

 

4. ¿Por qué me facturan cortes consecutivos si sólo me han cortado una vez?

Los cortes consecutivos se efectúan y se cobran si en la inspección de rutina se encuentra que el suministro fue reconectado sin la autorización de la Empresa, lo cual se comprueba al verificar un incremento en el estado del medidor durante la inspección posterior al corte.

 

5. ¿Por qué no puedo solicitar corte temporal del servicio de mi inquilino si me debe alquileres o tengo un juicio pendiente con él?

Porque la Empresa está autorizada a cortar el servicio únicamente en caso de existir 2 o más facturaciones pendientes de pago, derivadas de la prestación del servicio público de electricidad (Artículo 90° de la Ley de Concesiones Eléctricas).

Asimismo la Ley nos faculta a cortar el servicio cuando se ponga en peligro la seguridad de las personas o propiedades por desperfecto de las instalaciones involucradas o se consuma energía eléctrica sin nuestra autorización.
 

6. ¿Por qué me cobran consumo si el mes anterior me cortaron el servicio?

El cobro corresponde al consumo comprendido entre la fecha de la última lectura y la fecha del corte.
Ejemplo: la lectura se efectuó el 3 de mayo y el corte se realizó el 10 del mismo mes, quedando siete días de consumo por facturar.

Adicionalmente se facturan los siguientes cargos independientemente del consumo mensual de energía:

• Cargo fijo.
• Cargo por mantenimiento y reposición.
• Alícuota de Alumbrado Público.
• Potencia (para clientes NO BT5).

 

7. ¿Por cuántos meses de deuda se corta el servicio?

Por 2 meses de deuda.

 

8. ¿Por qué no tengo luz si estoy al día?

Previa consulta de la información del suministro en el sistema, se puede considerar las siguientes causas:

• Falla en el tablero general del predio (falla interna).
• Falla en el medidor.
• Interrupción del fluido eléctrico en su zona.
• Apertura del interruptor termomagnético (limitador de corriente) por exceso de potencia demandada.

 

9. ¿Quién determina el costo del corte y reconexión?

Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERGMIN, de acuerdo a un procedimiento regulatorio que diera lugar a la Resolución N° 095-2004-OS/CD el 05 de mayo de 2004, fijó los importes máximos de corte y reconexión aplicables a los usuarios. Estos importes se vienen actualizando según disposiciones expresas en la misma resolución.