Centro de Ayuda

1. ¿Qué diferencia existe entre un cliente No BT5 y un cliente BT5?

Cliente No BT5:

• Puede contratar una potencia mayor a 20 kW.
• De acuerdo a su tarifa son facturados cargos hasta por 2 potencias y 2 energías.
• La energía podrá ser suministrada en baja tensión (220 voltios) o en media tensión (2.3kV, 10 kV ó 22.9 kV). 
• Será necesario un medidor electrónico que permita la obtención de las lecturas de energía activa, reactiva, y potencia.
• Tiene una facturación binomia (energía y potencia) y de acuerdo a la tarifa elegida se facturará la energía activa (hasta 2 energías: en punta y fuera de punta), la energía reactiva (si excede el 30% de la energía activa) y la potencia (hasta 2 potencias: en punta y fuera de punta).

 

Cliente BT5:

• Puede contratar una potencia de 20 kW como máximo, pagando solamente el consumo de la energía activa.
• La energía le será suministrada a 220 voltios.
• Se adecua la utilización de un medidor electromecánico.

 

2. ¿Cuáles son los requisitos para la instalación de un maxímetro?

• Documento que acredite la propiedad del predio (original y copia legalizada). En caso de ser inquilino presentar autorización escrita legalizada del propietario.
• Copia de documento de identidad (en caso de ser persona natural) o copia de la asignación de R.U.C. (en caso de persona jurídica).
• Plano de ubicación o croquis simple a mano alzada.
• Referencia de suministros vecinos (frente, derecho, izquierdo).
• Plano de distribución eléctrica firmado por un ingeniero electricista colegiado.
• Relación de máquinas o equipos a instalar, indicando su potencia en kW o HP.

 

3. ¿Qué diferencia existe en kW/h y kW y cuál es el precio de ambos?

KW/h:

Es la unidad de medida del consumo de energía y es equivalente a un kW de potencia absorbida durante una hora.

 

kW: 

Es la unidad de medida de la potencia absorbida.


Ejemplo:

Un foco de 0.1kW (100 W) de potencia usado en un período de 10 horas dará como resultado un consumo de 1kW/h a facturar. El precio del kW/h varía de acuerdo a la tarifa del cliente.

 

4. ¿A quién se considera Cliente en Baja Tensión y Media Tensión?

Cliente en Baja Tensión:

Es aquél que está alimentado en un nivel de tensión de 220 voltios.

 

Cliente en Media Tensión:

Es aquél cuyo suministro puede estar alimentado por un nivel de tensión de 2,3kV, 10 kV o 22,9 kV, requiriendo de una subestación propia que realice la transformación a baja tensión.

 

5. ¿Por qué tengo un medidor en Baja Tensión si mi tarifa es en Media Tensión?

La medición en Baja Tensión para clientes en Media Tensión es acordada entre cliente y Concesionario, y es conveniente para evitar que el equipo de medición se encuentre alejado del punto de alimentación en cuyo caso se considerará un recargo por pérdidas de transformación equivalente a un 2,0 % sobre la energía consumida.

 

6. ¿Cuál es el costo del medidor electrónico?

El medidor electrónico cuesta S/ 3.350,00 (incluido I.G.V.)

También deberá tenerse en cuenta el precio de la conexión o de la adecuación de la misma.

 

7. ¿En qué se diferencia un medidor A1R de uno A1R-AL?

• Ambos medidores son electrónicos y almacenan la información necesaria para la lectura de tarifas No BT5.
• El medidor A1R registra el consumo de energía y la máxima demanda leída.
• El medidor A1R-AL permite además obtener diagramas o perfiles de carga en intervalos de tiempo predeterminados.

 

Diagrama de carga:

Es un esquema que indica la variación de consumos y potencias registradas en el suministro del cliente, en intervalos de tiempo predeterminados. Es útil para determinar la calificación del cliente y brinda un mejor criterio para la elección de una nueva tarifa.

 

8. ¿Qué es la Potencia Contratada?

Es aquella que suscribe el cliente con la Empresa por la máxima carga admisible de la conexión asignada al suministro. El cliente deberá abstenerse de tomar una carga mayor a la contratada pues de lo contrario estaría sujeto a la suspensión del suministro por poner en peligro las instalaciones de la Empresa.

 

9. ¿ Por qué me cobran la Demanda Máxima si mi suministro está cortado?

La facturación del cargo por potencia se da en función al contrato de suministro y es independiente del consumo de energía, de acuerdo a la Resolución N° 1908-2001-OS/CD, incluso si el consumo de energía es nulo.

Asimismo, el art. 178 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas expresa que para suministros sin consumo con tarifas binomias se aplicará además del cargo fijo mensual, los cargos fijos por potencia contratada por el plazo contractual.
Es el valor promedio de las máximas potencias registradas por el medidor en intervalos de 15 minutos en un período determinado (un mes).

 

10. ¿Por qué no me facturan la demanda absorbida en el mes?

Facturación de la demanda se fija bajo dos modalidades, de acuerdo a su contrato:


Potencia Contratada: 

Considera un cargo fijo constante para todo el periodo de contrato, no obstante esta puede variar dependiendo el consumo del cliente, sí la potencia contratada es inferior al promedio de las dos demandas máximas durante el periodo de contrato incluido el mes que se factura, se procederá actualizar automáticamente a dicho promedio.


Potencia Variable: 

Factura el promedio de las dos mayores demandas máximas registradas en los últimos seis meses, incluido el mes facturado.

 

11. ¿Cómo se factura la energía reactiva y dónde se origina?

Energía Reactiva se factura si excede el 30% del total de la energía activa consumida en el mes. Sólo se facturará el exceso.

La Energía Reactiva permite generar un trabajo y se origina en máquinas de inducción electromagnética (motores y transformadores).

 

12. ¿Qué es un Banco de Condensadores?

Es un sistema que absorbe la energía reactiva originada en los motores y transformadores, reduciendo el registro de consumo de la misma y representando un ahorro en la facturación de energía reactiva del suministro. Asimismo protege las redes del Concesionario contra los flujos de energía reactiva excesiva.